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El pasado 19 de octubre el Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación, Miguel Ángel Moratinos, prometió ante el Congreso de los Diputados la ratificación del Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales antes del fin de la presente legislatura. Hoy la organización Survival acaba de lanzar una campaña para instar al Gobierno a cumplir su promesa.
Se trata del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el tratado internacional más importante elaborado en defensa de los pueblos indígenas, y que es considerado como el pilar sobre el cual se basan todos los otros convenios, políticas o legislaciones del derecho internacional en materia indígena.
Para un país como España -señala Survival - que no tiene pueblos tribales en su territorio, la ratificación del Convenio 169 significaría una muestra de solidaridad hacia los pueblos indígenas y tribales, así como un ejemplo para aquellos gobiernos que aún no han ratificado el convenio, reforzando su valor como estándar internacional.
Survival recuerda que otros países europeos, tales como Dinamarca, Noruega o los Países Bajos, ya lo han ratificado, algunos hace más de 15 años como es el caso de Noruega que lo hizo en 1990.
Como declaró en 1993 el entonces Secretario General de la ONU Boutros-Ghali: "Debemos darnos cuenta de que los derechos humanos no son tan sólo los derechos de individuos. Son también derechos colectivos". He aquí la importancia del Convenio 169 de la OIT.
El Convenio 169 garantiza no sólo los derechos de los indígenas de forma individual, sino también sus derechos colectivos como pueblo. Tienen particular importancia los artículos 13 y 14 que afirman que los gobiernos deberán reconocer a los pueblos tribales el derecho de propiedad de la tierra que han ocupado tradicionalmente, en particular en los aspectos colectivos.
Los derechos colectivos sobre la tierra y los recursos son vitales para la supervivencia de los pueblos indígenas. Los yanomami de la Amazonia, por ejemplo, viven en grandes casas comunales que reciben el nombre de yanos. El concepto de "propiedad individual" de dichas construcciones no tiene sentido. El derecho de una tribu a decidir, por ejemplo, si debería permitirse a una empresa minera realizar prospecciones en sus tierras, sólo tiene sentido como un derecho colectivo.
Hay países europeos, tales como el Reino Unido, que declaran, sin embargo, que estos derechos colectivos de vital importancia deberían ser derechos individuales "ejercidos de forma colectiva". En EEUU, la infame ley Dawes de 1887 demostró el peligro que encierra este enfoque. Al amparo de esta ley, las tierras comunales indígenas fueron convertidas en parcelas individuales que pudieron así ser vendidas; 90 millones de acres (unos 37 millones de hectáreas) de tierras indígenas se eliminaron de golpe, y las reservas quedaron divididas.
El Convenio sobre pueblos indígenas y tribales de la OIT se adoptó hace casi 50 años, primero en forma del Convenio 107, que data de 1957, y después fue actualizado como el Convenio 169 de 1989.
Más información:
Ana M. Machado
Tel. 91 521 72 83 - am@survival.es
Notas:
- Para leer esta noticia en Internet, visita: http://www.survival.es/news.php?id=1353
- Para leer el texto completo del Convenio 169 de la OIT, visita: http://www.ilo.org/ilolex/spanish/convdisp1.htm y pincha en C169
- Para leer el texto completo de la campaña de Survival, visita: http://www.survival.es/related_material.php?id=370
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