Perú: OIT insta al Estado peruano acciones inmediatas para respeto de derechos de PPII

oit-aidesep-conacami-paz-esperanza-foto-31Servindi, 24 de marzo, 2009.- El Estado debe consultar a los pueblos indígenas, mediante procedimientos apropiados y con sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas que puedan afectarlos.

- Servindi noticias 24 de marzo, 2009 (Archivo mp3, 2 minuto, 26 segundos)

Así lo recordaron ayer los representantes de la Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería (CONACAMI), la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Amazonía (AIDESEP), y el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.

Ellos presentaron un informe que exige al Estado cumplir el derecho a la consulta y otros estipulados en el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El representante de la Asociación Paz y Esperanza y del Grupo de Trabajo de la CNDH, Graham Gordon, denunció que el derecho a la consulta es confundido con reuniones que hace una compañía minera para tan sólo informar a sus trabajadores, evitando el ingreso de los verdaderos afectados.

En febrero de este año, la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), hizo públicas las recomendaciones oficiales al Estado Peruano, respecto de la aplicación del Convenio 169.

Entre las recomendaciones de la CEACR el organismo internacional demanda al gobierno que en coordinación con las organizaciones indígenas tome las medidas adecuadas para lograr una denominación única que agrupe a todas las formas organizadas de pueblos originarios del Perú.

Además, exige que se identifique las situaciones urgentes de atención vinculadas a las actividades extractivas que puedan poner en riesgo las condiciones de vida de los pueblos indígenas.

"Si bien es cierto la OIT no tiene un poder coercitivo sobre el Estado peruano, esas recomendaciones demuestran que si no se está cumpliendo con el Convenio 169 se puede acudir a otro tipo de acciones para exigir que se cumpla", precisó el abogado del Programa de Defensa de los Derechos Indígenas (PDDI), Vladimir Pinto.

Para Pinto, el llamado de atención hecho por la OIT al Estado peruano "representa un elemento probatorio para acudir a tribunales nacionales e internacionales para exigir que se cumplan los derechos de los pueblos indígenas.

En agosto pasado, las organizaciones indígenas amazónicas presentaron un informe alternativo sobre el Convenio 169, en el que consideran afectados sus derechos territoriales, a la consulta, a la identidad, entre otros.

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