Por Alicia Abanto, Sandro Chalco, Diana Cordano y Jhordan Morales*
30 de julio, 2011.- Si un niño no entiende la lengua de su maestro o éste no entiende la lengua del niño, no hay educación posible. Y es que todos tenemos derecho a aprender en la lengua en la que aprendimos a hablar. Los niños y niñas indígenas no pueden ser la excepción.
Los pueblos indígenas, históricamente excluidos y discriminados, tienen derecho a recibir una educación que desarrolle de manera permanente y sistemática aprendizajes en su propia lengua y en la lengua nacional (el castellano, en nuestro caso). Una educación que reconozca y respete la diversidad cultural, pero que además revalore la autoestima personal y colectiva. Es decir, tienen derecho a una Educación Intercultural Bilingüe.
En ese sentido, la Defensoría del Pueblo, cumpliendo su mandato constitucional de defensa de los derechos fundamentales y de supervisión estatal, ha elaborado un informe denominado Aportes para una Política Nacional de Educación Intercultural Bilingüe a favor de los pueblos indígenas del Perú, de reciente publicación, en el que se formula una serie de recomendaciones a las entidades del Estado. Diez de éstas debieran ser prioritarias para el próximo gobierno.
Uno.- Ejecutar una Política de Educación Intercultural Bilingüe, en todos los niveles de la Educación Básica Regular (Inicial, Primaria y Secundaria) y en los ámbitos rural y urbano.
Dos.- Aprobar un nuevo Plan Nacional de Educación Intercultural Bilingüe a fin de establecer metas e indicadores de monitoreo y evaluación apropiados. Y, a la vez, constituir un Comité Consultivo Nacional de la Educación Intercultural Bilingüe que garantice la participación de los pueblos indígenas mediante sus organizaciones representativas.
Tres.- Incrementar la formación de docentes especializados en educación intercultural bilingüe, para lo cual se requiere, reactivar y/o crear instituciones que oferten la carrera de educación intercultural bilingüe en las regiones que lo necesitan.
Cuatro.- Modificar la normatividad sobre los procesos de contratación y reasignación de docentes en plazas bilingües, a fin de designar a docentes bilingües que conozcan la lengua y la cultura del pueblo indígena pero que además tengan formación o especialización en EIB.
Cinco.- Desarrollar un plan de diseño, elaboración y distribución de materiales educativos en lengua indígena y en castellano para garantizar su disponibilidad en todas las lenguas indígenas y en los diversos niveles educativos.
Seis.- Cumplir con la elaboración y aprobación de los documentos curriculares necesarios para la diversificación curricular, los cuales deben ser elaborados con participación de las organizaciones indígenas en las instancias de los Gobiernos Regionales.
Siete.- Fortalecer la institucionalidad y la gestión de la Dirección General Intercultural Bilingüe y Rural (DIGEIBIR) del Ministerio de Educación para dotarla de mayor capacidad para cumplir sus funciones respecto a la implementación de la Política Nacional de Educación Intercultural Bilingüe.
Ocho.- Incrementar el número de especialistas en educación intercultural bilingüe así como el número de visitas de monitoreo y asesoría a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas de Educación Intercultural Bilingüe. Asimismo, mejorar el perfil profesional de los especialistas contratados y la calidad de su gestión.
Nueve.- Supervisar el cumplimiento de los lineamientos de la educación intercultural bilingüe en la labor pedagógica que el docente desarrolla en el aula.
Diez.- Identificar correctamente a los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos indígenas (según etnia, condición sociolingüística y ubicación geográfica) que requieren una educación intercultural bilingüe, en el ámbito urbano y rural, y en todos los niveles de la Educación Básica Regular.
Estas recomendaciones dadas por la Defensoría del Pueblo se fundamentan en un aspecto central: el derecho a la educación de nuestros niños, niñas y adolescentes indígenas. Sin duda, un derecho constitucional que el Estado tiene la obligación de respetar, proteger, asegurar y promover.
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Acceder a diapositivas de la presentación del informe con un clic en el siguiente enlace:
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* Alicia Abanto, Sandro Chalco, Diana Cordano, Jhordan Morales son funcionarios del Programa Pueblos Indígenas de la Defensoria del Pueblo.
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Fuente: Portal informativo de la Defensoría del Pueblo: http://puma.defensoria.gob.pe/blog/?p=2503
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