CC Túpac Amaru II defiende sus territorios ancestrales

Comuneros exigen restitución de la titularidad de 32 mil hectáreas de sus territorios ancestrales Comuneros exigen restitución de la titularidad de 32 mil hectáreas de sus territorios ancestrales

Este 22 de octubre se desarrollará la audiencia sobre la demanda de amparo interpuesta por la comunidad en contra del Gobierno Regional de Lambayeque para recuperar la personería jurídica de sus territorios ancestrales.

Servindi, 21 de octubre, 2024.- El Juzgado Constitucional de Chiclayo llevará a cabo la audiencia en primera instancia sobre la demanda de la CC Túpac Amaru II en contra del Gobierno de Lambayeque para lograr la restitución de los títulos de propiedad de sus tierras.

Previo a la audiencia, los directivos de la comunidad han convocado a diversas comunidades campesinas a la movilización cultural “Comunidad Campesina Túpac Amaru II: Sí Existe” para este 21 de octubre en muestra de apoyo y respaldo a su pedido.

Todo empezó en los años 90 cuando sufrieron la anulación de su personería jurídica, cuando se reiniciaban las obras por el Proyecto Olmos, cuyas infraestructuras como la Presa Limón y el túnel del transvase, se instalaron en territorio de esta comunidad.

En el 2017, el Gobierno Regional encabezado por Humberto Acuña Peralta resolvió dejar sin efecto los títulos de propiedad de la comunidad Túpac Amaru, poniendo en riesgo las más de 32 mil hectáreas de su territorio ancestral.

El desmembramiento del territorio

Desde entonces, la comunidad ubicada en el distrito de Cañaris, sufre el despojo de su territorio, como el predio Santa Lucia que pasó a dominio del Estado, la entrega de territorios al proyecto Olmos y la creación del Área de Conservación Bosque Moyán.

Además, se señala que una proporción de 1700 hectáreas del territorio comunal habrían sido entregadas como concesiones mineras, y que una de las titulares iniciales sería la actual congresista por Lambayeque María Acuña Peralta.

Este es uno de los casos más emblemáticos de despojo territorial contra pueblos indígenas en todo el país, conociendo que la comunidad campesina Túpac Amaru II, heredera del pueblo ancestral Penachí, está registrada en la base de datos del Ministerio de Cultura.

Desde su constitución formal, como comunidad campesina, ha mantenido su vida orgánica e institucional, ha seguido eligiendo a sus juntas directivas, realizando asambleas, faenas comunales, manteniendo sus tradiciones y prácticas culturales.

Esta comunidad es reconocida en la práctica por las diversas instituciones públicas y privadas, como es ampliamente demostrado por los demandantes mediante un sinnúmero de documentos.

La comunidad argumenta en su demanda de amparo, que, si bien su personería jurídica fue anulada por el Estado, esta no ha anulado su existencia real construida a lo largo de los años y reconocida por norma interna y tratados internacionales.

 

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