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Fiscalía inicia investigación a Pdta. Boluarte por muertes en protestas

Dina Boluarte y su primer ministro Alberto Otárola serán investigados por la Fiscalía. Foto: difusión

Diligencias preliminares serán realizadas a partir de denuncias que piden investigar las muertes ocurridas durante las manifestaciones realizadas en diciembre de 2022.

Servindi, 6 de enero, 2023.- La fiscal de la Nación, Patricia Benavides, ordenó el inicio de diligencias preliminares contra la presidenta Dina Boluarte por las muertes ocurridas en las manifestaciones de diciembre de 2022.

La medida también alcanza al actual primer ministro Alberto Otárola, en su condición de ministro de Defensa; y al exministro del Interior, César Cervantes, entre otros, comunicó el organismo.

Otra de las autoridades comprendidas es Pedro Angulo, expresidente del Consejo de Ministro durante las protestas y el establecimiento del estado de emergencia a nivel nacional.

Así como el jefe de la Macro Región Policial de Ayacucho, general PNP Antero Mejía Escajadillo, y el comandante general de la Segunda Brigada de Infantería Militar de Ayacucho, general EP Jesús Vera Ipenza, entre otros.

Esta investigación surge a partir de la denuncia que un grupo de abogados presentó ante la Fiscalía de Derechos Humanos, Interculturalidad y Terrorismo por las muertes en las recientes protestas.

Según la Defensoría del Pueblo, 28 personas perdieron la vida en el contexto de las manifestaciones y más de 650 resultaron heridas, además de haberse registrado detenciones fuera de la ley.

“Diligencias previas deben permitir el esclarecimiento de responsabilidades penales y búsqueda de justicia y verdad para las familias de personas fallecidas”, señaló la congresista cusqueña Ruth Luque.

Contra el abuso policial

Este 5 de enero también se conoció que el Tribunal Constitucional (TC) admitió la demanda presentada por el Colegio de Abogados de Puno contra la ley que promueve el uso arbitrario de la fuerza policial.

La demanda, interpuesta en noviembre de 2022, cuestiona la constitucionalidad del artículo 4 y de la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley 31012, Ley de Protección Policial, conocida como “ley del gatillo fácil”.

Se argumenta que la ley deroga el principio de proporcionalidad en el uso de la fuerza de manera indiscriminada por parte de la Policía Nacional en contextos de protesta.

De igual forma, se afirma que exculpa de responsabilidad penal a los policías y militares que “usando sus armas u otro medio de defensa, en forma reglamentaria, cause lesiones o muerte”.

Al admitir la demanda, el TC ordenó al Congreso de la República que la conteste en el plazo de 30 días útiles.

Por otro lado, instituciones de la sociedad civil han presentado una medida cautelar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por el abuso policial y militar en el contexto de las protestas.

Piden que se ordene al Gobierno peruano el cese de la represión policial y militar, se proteja el derecho a la vida de manifestantes, y se investigue los hechos de violencia para evitar su repetición.

 

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Comentarios

La acción delictiva y criminal del estado es clara, ante el asalto y asesinato de ciudadanos soberanos desarmados exigiendo sus derechos constitucionales, y expulsar, cesar y encarcelar al presidente electo...cierre del congreso ya y libertad y restitución del presidente electo cesado...

Los asalariados uniformados para defender a los bien asalariados del gobierno no dudan en convertirse en verdaderos criminales asesinando a los ciudadanos soberanos que procuran defender sus derechos de soberanía antes éstos otros traidores, y ya criminales, que no han dudado en arremeter también contra el propio presidente electo y encacerlarlo...como si ellos mismos se erigieron como jueces....cierre del congreso ya y libertad inmediata del presidente electo...y enjuiciamiento y prisión de cada uno de los criminales y ejecutores de tan alta traición...

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