Taller Encuentro sobre Consulta fue unánime en demandar una institucionalidad pública fuerte para PPII
Servindi, 23 de octubre, 2011.- Organizaciones indígenas y asociaciones civiles demandaron la inmediata creación de una Comisión Multisectorial "con imprescindible participación de las organizaciones indígenas" para implementar la Ley de Consulta previa.
Mediante un comunicado difundido hoy precisan además que la comisión "deberá cumplir la tarea de instituir la institucionalidad estatal indígena, que es necesario para la atención de la agenda de los pueblos indígenas del Perú".
Sostienen que ambos temas atañe directamente a los pueblos indígenas y es deber del Estado peruano "garantizar la acción coordinada y sistemática que señala el Convenio núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La denominada Ley de Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo fue aprobada el 23 de agosto de 2011 por el Congreso de la República y publicada en el diario oficial el 7 de setiembre.
Demandan reglamentación participativa de la Ley de Consulta
La AIDESEP, CONACAMI, CCP, CNA, ONAMIAP, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, así como las organizaciones abajo firmantes señalamos lo siguiente:
Que, en su momento saludamos la promulgación de la “Ley de Consulta a los Pueblos Indígenas y Originarios en el marco del Convenio 169” y señalamos además que el proceso de implementación de la referida norma debiera llevarse adelante con una efectiva participación de los pueblos indígenas.
Asimismo consideramos:
Que para el trabajo de implementación de la ley se debería constituir una Comisión Multisectorial, con participación de los representantes de los Pueblos Indígenas como garantía para desarrollar esta ley en el marco del Convenio 169.
Que para este proceso es preciso tener en cuenta el artículo 2 del Convenio 169 que sostiene a la letra “Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad”.
Que han pasado más de 30 de los 90 días que señala la ley para su entrada en vigencia y el Estado Peruano no cuenta con una institucionalidad estatal indígena con presencia de los Pueblos Indígenas para asegurar que el proceso de reglamentación de la referida Ley, sea con su participación plena y garantizando sus derechos.
Por tal motivo demandamos la inmediata creación de esta Comisión Multisectorial con imprescindible participación de las organizaciones indígenas a fin de garantizar la acción coordinada y sistemática que señala el convenio 169 de la OIT, en un tema que les atañe directamente. Así mismo esta Comisión deberá cumplir la tarea de instituir la institucionalidad estatal indígena, que es necesario para la atención de la agenda de los Pueblos Indígenas del Perú.
Las siguientes organizaciones suscriben el pronunciamiento:
- Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP)
- Confederación Campesina del Perú (CCP)
- Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería (CONACAMI)
- Confederación Nacional Agraria (CNA)
- Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP)
- Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH)
- Frente de Defensa del Medio Ambiente de la Provincia de Huancabamba
- La Central Única Provincial de Rondas Campesinas
- La Federación de Comunidades Campesinas de Apurimac
- Organización de Rondas Campesinas de San Martin
- Central única Regional de Rondas campesinas de la Región de San Martín
- Comunidad Nativa Chirik Sacha
- Organizaciones del Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la CNDDHH
- Paz y Esperanza
- Acción Solidaria para el Desarrollo - Cooperación
- Fundación Ecuménica para el desarrollo y la paz - FEDEPAZ
- Asociación Pro Derechos Humanos -APRODEH
- Instituto de Defensa Legal – IDL
- Servicios en Comunicación Intercultural SERVINDI
- Derecho, Ambiente, Recursos Naturales – DAR
- Centro Amazónico de Antropología y Aplicación práctica - CAAAP
AÑADE UN COMENTARIO