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Perú: Defensora del Pueblo exhorta a Energía y Minas que reglamente derecho a consulta

Servindi, 21 de octubre, 2010.- “Me permito exhortar a su despacho a fin de que se le otorgue una atención prioritaria al proceso de reglamentación del derecho a la consulta, para que las normas del sector energía y minas se adecúen a lo establecido en el Convenio 169”.

En estos términos se dirigió la Defensora del Pueblo, Beatriz Merino, al titular de la cartera de Energía y Minas, Pedro Sánchez Gamarra, en carta remitida el pasado lunes 18 de octubre.

“En mi calidad de Defensora del Pueblo, recomendamos a su despacho que contemple la consulta mediante las organizaciones representativas de los pueblos indígenas antes de emitir las normas reglamentarias referidas, lo cual constituirá un aporte invalorable para la paz y un mensaje del compromiso del ministerio”, prosigue la misiva.

Beatriz Merino fundamenta su pedido en la Sentencia del Tribunal Constitucional N°05427-2009-PC/TC que ordena al ministerio de Energía y Minas que dentro del marco de sus competencias, emita la reglamentación referida, de conformidad con los principios y reglas establecidos en el citado Convenio.

Tres sentencias del Tribunal Constitucional

A pesar de ser un derecho vigente, exigible y vinculante, la consulta constituye todavía una materia pendiente de concretarse, que ha dado lugar a que el Tribunal Constitucional se refiera a este derecho al menos en tres sentencias recientes: Exp. N°6316-2008-PA/TC, Exp. N°0022-2009-PI/TC y la N°05427.

A pesar de que hasta el momento no se cuenta con una Ley de Consulta, por haber sido observada por el presidente Alan García, este hecho no constituye una justificación para incumplir con la consulta previa, que es reconocida por el Convenio 169 de la OIT y que la consagra como un derecho humano de los pueblos indígenas.

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