Perú: Estado debe cumplir con el convenio 169 de la OIT y el derecho consuetudinario

Guillermo Ñaco. Diario La Región

Servindi, 1 de octubre, 2010.- Guillermo Ñaco, reconocido líder asháninka-nomatsigüenga, demandó al Estado peruano cumplir con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Constitución Política, que en los artículos 8 y 149, respectivamente, reconocen el derecho consuetudinario.

Esta declaración la emitió en el marco del Primer Congreso Internacional sobre Justicia Intercultural en Pueblos Indígenas, que se desarrolla en la ciudad de La Merced, Chanchamayo, región Junín.

Ñaco planteó la autonomía de la jurisdicción de la justicia intercultural y el respeto a los principios que practican los pueblos indígenas.

Asimismo, expresó su rechazo con la “cultura de la asimilación” porque argumenta que los perjudica.

Lamentó que la relación entre el Estado peruano y los pueblos indígenas haya sido “sangrienta”, como sucedió el 5 de junio de 2009 donde fallecieron 34 personas entre policías e indígenas.

Por su parte, el dirigente shipibo-conibo Cecilio Soria, propuso crear una Oficina Intercultural en la Corte Suprema de Justicia y en cada una de las cortes superiores del país, para de esa manera afianzar la relación entre la justicia ordinaria con la de los pueblos indígenas.

En otro momento, Miriam Campos Bacarreza, investigadora boliviana, expuso sobre el Anteproyecto de Ley de Deslinde Jurisdiccional que rige en su país.

Campos Bacarreza señaló que el anteproyecto proyecta demarcar la competencia, jurisdicción y forma en que deben coexistir en igualdad de jerarquía, por un lado, la justicia indígena, originaria, campesina, y por otro, la ordinaria y agroambiental.

Justicia comunitaria

La justicia comunitaria es el conjunto de mecanismos que permiten resolver conflictos al interior de una comunidad campesina, nativa o de rondas campesinas.

Está amparada en el artículo 149 de la Carta Magna, que reconoce a las autoridades de las comunidades campesinas y nativas, la facultad de ejercer funciones jurisdiccionales, de acuerdo a sus costumbres, y respetando los derechos humanos.

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Comentarios (1)
María Gómez (no verificado) Vie, 01/10/2010 - 18:36
HASTA QUE LAS AUTORIDADES INDÍGENAS NO TERMINAN DE ASUMIR QUE TIENEN AUTORIDAD JURISDICCIONAL, NO SE FORTALECERÁ LA "JURISDICCIÓN INDÍGENA". LUCHEMOS POR LA AUTODETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS.
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