Servindi, 24 de setiembre, 2010.- Las empresas Pluspetrol, Petroperú y Sanam fueron multadas con más de un millón 600 mil soles por haber derramado, el pasado 19 de junio, cerca de 528 barriles de crudo en las aguas del río Marañón.
A través de la Resolución de Capitanía 004-2010, se responsabiliza a la petrolera Pluspetrol en un 70% del desastre (315 Unidades Impositivas Tributarias, es decir, un millón 102,500 soles).
Asimismo, la empresa Sanam, encargada del transporte, asumirá el 30% del pago total (135 UIT, ó 472,500 soles). Por su parte, Petroperú S.A., propietaria del puerto de Saramuro, también fue multada con 10 UIT (35 mil soles).
Según la Capitanía de Puerto -responsable de la policía fluvial referente a la seguridad de la navegación y protección de la vida humana- las empresas sancionadas infringieron los artículos F-050102 y F-050106 del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las actividades marítimas, fluviales y lacustres.
Los capitanes de naves están en la obligación de informar por el medio más rápido a la Capitanía de Puerto sobre derrames, descargas, manchas u otros indicios que indiquen una posible contaminación.
Como se recuerda, el pasado 19 de junio en la bahía Tiwinsa, localidad San José de Saramuro (Datem del Marañón-Loreto), la barcaza “Sanam III”, que prestaba servicios a Pluspetrol, ocasionó el derrame de 528 barriles de petróleo crudo.
Cabe señalar que el plan de contingencia de Pluspetrol no estaba aprobado por la Dirección de Medio Ambiente de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas.
Petroperú tampoco cumplió con remitir ningún plan.
Finalmente, el plan de contingencia de la empresa Sanam no estaba aprobado por la autoridad marítima.
Por todo ello, según el diario local La Región, el Capitán de Puerto de Yurimaguas, Capitán de Corbeta, Raúl Roselló Luque, resolvió lo siguiente:
- Responsabilizar a la empresa “Pluspetrol Norte S.A” en un 70% por el derrame de hidrocarburos ocurrido el 19 de junio en la bahía Tiwinsa, San José de Saramuro-Urarinas provincia del Datem del Marañón.
- Responsabilizar a la empresa “Sociedad Anónima de Navegación Amazónica Sanam” en un 30% por el derrame de hidrocarburo.
- Sancionar con una MULTA equivalente a 315 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a la empresa Pluspetrol por infringir el Art. F-020101.
- Sancionar con una MULTA equivalente a 135 UIT a la empresa Sanam, por infringir el mismo artículo.
- Sancionar con una multa equivalente a 10 UIT a Pluspetrol por no informar del derrame de manera inmediata, habiéndolo hecho después de 8 horas.
- Sancionar con una multa de 10 UIT a SANAM, al no informar de manera rápida.
- Sancionar con una multa de 10 UIT a Pluspetrol al no tener su plan de contingencia para casos de derrame debidamente aprobado por la autoridad marítima.
- Sancionar con una multa de 10 UIT a la empresa Petroperú, al no tener su plan de Contingencia para casos de derrame debidamente aprobado por la autoridad marítima.
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