“Lo que esta flexibilización hace, en el fondo, es debilitar la autoridad ambiental, pues se quiere siempre acelerar los procesos sin aumentar el presupuesto para una mayor plana técnica y científica por parte de las autoridades ambientales” opina Paul Maquet.
Otro paquetazo antiambiental: Gobierno debilita aún más la certificación ambiental minera
CooperAcción, 29 de abril, 2024.- El día 25 de abril se informó de la aprobación de una serie de cambios a la normativa ambiental minera. Estas modificaciones aceleran aún más la certificación ambiental y debilitan la necesaria rigurosidad de los procesos de aprobación de las autorizaciones que requiere el sector minero.
Según se informó en prensa, el Ejecutivo ha decidido aprobar la Resolución Ministerial N. ° 091-2024-MINAM para modificar el reglamento de la Ley N. ° 27446, del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Esta norma fue pre publicada en marzo y, vencido el plazo para recibir opiniones, fue aprobada.
Varios de los cambios tienen que ver con la “aceleración” de los procesos. Se define que existe un plazo máximo de 5 días para que, una vez presentado el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) por parte de la empresa, el órgano responsable de revisarlo determine si los documentos presentados cumplen con los requisitos necesarios para continuar con el proceso.
Pero según ha anunciado el MINAM, se vienen más cambios.
Este mes, el Minam emitió la Resolución Ministerial (RM) N. º 126-2024-MINAM, a fin de modificar la Ley 30230 (el “paquetazo antiambiental” de 2013) en lo vinculado a la “solicitud de opiniones para la Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental”.
La propuesta plantea cambios para “agilizar” los plazos de los permisos para dar luz verde a los proyectos. La norma ha sido prepublicada para recibir comentarios, y el plazo para ello venció el 26 de abril, con lo que se puede esperar su próxima aprobación.
La norma también busca una aprobación automática de títulos habilitantes relacionados al Decreto Supremo N. ° 006-2015-MINAM: autorizaciones de uso de agua, vertimiento, reúso, tratamiento y disposición de aguas residuales, desbosque, extracción de materiales acarreo y derecho de uso de área acuática, estudio de riesgo y plan de contingencia.
Otra norma en cuestión es la RM 125-2024-MINEM/DM, que busca permitir que los titulares de una mina puedan elevar hasta en 10% su producción autorizada diaria sin pagar un derecho de vigencia adicional. Actualmente, el límite es de 5%.
Por otro lado, la Resolución Ministerial N. ° 484-2023-MINEM/DM pretende crear un nuevo instrumento para la gestión de Planes Ambientales Detallados (PAD), con el objetivo de que las empresas tengan una herramienta más flexible para gestionar sus planes ambientales.
Cabe indicar que desde hace más de 10 años, una y otra vez se han dado normas y modificaciones para “acelerar” los trámites relacionados a las autorizaciones ambientales de los sectores extractivos, con el argumento de que eso permitirá atraer más inversiones.
“Pero luego de todos estos paquetazos nunca se ha podido demostrar con cifras concretas que estas normas hayan hecho crecer la inversión. Los hechos muestran que los flujos de inversión están más asociados a los cambios en las cotizaciones de los minerales que a la normativa ambiental”, opinó Paul E. Maquet, coordinador del Programa Nacional de CooperAcción.
“Lo que esta flexibilización hace, en el fondo, es debilitar la autoridad ambiental, pues se quiere siempre acelerar los procesos sin aumentar el presupuesto para una mayor plana técnica y científica por parte de las autoridades ambientales, lo que redunda en permisos aprobados a la apurada, sin la rigurosidad que se requiere para garantizar que los proyectos extractivos no afecten negativamente el ambiente y los derechos de las comunidades”, añadió.
AÑADE UN COMENTARIO