Servindi, 28 de marzo, 2024.- El relator especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas se pronunció en rechazo a la Ley 31973 que modifica la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y representa un riesgo inminente para los pueblos indígenas del Perú.
Mediante un escrito José Calí Tzay mostró su preocupación por la falta de una consulta previa a los pueblos indígenas para aprobar la ley, que claramente, afecta sus territorios ancestrales.
A pesar, que existe normativa internacional como la Declaración de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, el Convenio 169 de la OIT Sociales y Culturales, que respaldan la consulta previa.
“[La aprobación] sucede en un contexto donde el Estado aún tiene obligaciones pendientes para reconocer y asegurar sus territorios” precisa el documento que resalta la falta de titulación de al menos la tercera parte de comunidades de la Amazonía.
Para José Calí la norma empeora las condiciones de vida de los Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial (PIACI) a pesar que también existe normativa internacional que da directrices para su protección.
Además, hace especial énfasis en la celeridad de la aprobación, saltando procedimientos como la correcta notificación a los congresistas, falta de debate amplio y atención a los pedidos de reconsideración que están incluidos en el reglamento del Congreso.
“La celeridad en la emisión de esta norma se estaría justificando por querer adecuar la normativa del país a la entrada en vigor del Reglamento de la Unión Europea 2023/115 sobre productos libres de deforestación” resalta Calí Tzay.
Análisis sobre los artículos modificados
El relator observó la modificación del artículo 38 de la antigua norma que establecía que no se podían realizar actividades agropecuarias en tierras con aptitud forestal.
Sin embargo, la nueva normativa elimina exigencias como la de realizar un proceso de calificación de tierras ante el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y la de solicitar el cambio de uso de suelo de forestal a agrario ante el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR).
En la práctica la ley permitiría la recalificación de las tierras forestales para uso agrario de manera automática, aún cuando éstas tengan vocación forestal.
Mientras la Disposición Complementaria de la nueva Ley, buscaría que las áreas privadas en propiedad que alguna vez fueron bosques, donde actualmente se realizan actividades agropecuarias, puedan ser llamadas “áreas de exclusión agropecuaria”.
Medida que generaría un contexto de impunidad ante delitos de deforestación y debilitaría la lucha contra los mismos, pues según la Procuraduría del Ministerio del Ambiente hasta 3,000 carpetas fiscales y administrativas por estos delitos serían archivadas.
Esta pérdida del territorio también amenaza la vida de los defensores agravando los crímenes contra ellos que hasta este año llegaron a 33 líderes indígenas en Perú asesinados considerando al líder del Pueblo Kichwa Quinto Inuma.
Pedido del Relator Especial
Debido al panorama descrito el relator pide que en los próximos 60 días se le proporcione información adicional a los hechos, las políticas de gobierno para promover la protección de los PIACI y su territorio.
Asimismo, solicita políticas para promover la protección de la diversidad biológica y de los bosques, como también las medidas para frenar las acciones de empresas o actores privados que no respeten los derechos ambientales y de pueblos indígenas.
Finalmente, solicita información detallada sobre el estado actual de las investigaciones y procesos penales por crímenes en contra de miembros o de comunidades de Pueblos Indígenas en el Perú.
Descargue el documento completo del relator desde el siguiente enlace:
|
AÑADE UN COMENTARIO