Tras la audiencia pública en la que participaron representantes de rondas campesinas de Cajamarca y del Estado Peruano, la Comisión analizará si el caso pasa a la Corte.
Servindi, 16 de marzo, 2022.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) escuchó la situación de ronderos campesinos criminalizados que denuncian la falta de consulta previa al Megaproyecto minero Conga, en Cajamarca.
Durante una audiencia pública, donde participó el Relator de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, los representantes de las rondas campesinas también dieron a conocer los vicios ambientales del proyecto.
Por su parte, representantes del Estado aludieron que no correspondía aplicar la consulta previa en este caso porque, según su entendimiento, las rondas campesinas de la zona no pertenecerían a pueblos indígenas.
“El Estado lo único que tiene que hacer es reconocer ese tipo de auto identificación y de auto organización que ellos [las rondas campesinas] han decidido tomar”, señaló el relator José Francisco Calí Tzay al ser consultado.
Luego de evaluación del caso, se decidirá si pasa a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH).
#Audiencias | #CIDH escuchó a organizaciones que alegaron sobre concesiones de explotación de oro en territorios de rondas campesinas; así como la respuesta del Estado, y la participación del Relator Especial ONU de #PueblosIndígenas.#183PeríodoCIDH https://t.co/9D617SMyxD pic.twitter.com/YRQhOoJWra
— CIDH - IACHR (@CIDH) March 15, 2022
Audiencia de la Comisión
El martes 15 de marzo se realizó la audiencia pública del Caso 13.641, donde intervienen las Comunidades y Rondas Campesinas de Celendín, Hualgayoc-Bambamarca y Cajamarca ante el Estado peruano.
En el caso se denuncia la responsabilidad del Estado peruano por la falta de consulta y consentimiento libre, previo e informado de comunidades campesinas en la instalación y operaciones de Conga, así como la criminalización de líderes comunales.
Manuel Ramos Campos, representante de las Rondas Campesinas de Bambamarca, denunció que el Estado no consultó en ningún momento para que se establezcan las concesiones mineras en “la cabecera hídrica más importante de Cajamarca”.
“El Estado establece requisitos adicionales para aplicar derechos de los pueblos indígenas pero de acuerdo a su propio criterio. El Estado tiene sus propias directivas que limita los derechos de los pueblos indígenas”, sostuvo.
Como indicó, las comunidades recién se enteraron del proyecto cuando Yanacocha se dispuso a realizar las obras, situación por la que hicieron movilizaciones en protesta y acudieron a todas las instancias locales, regionales y nacionales.
Ante la Comisión, el líder rondero, beneficiario de una medida cautelar de la CIDH, señaló que el gobierno siempre quiso imponer el proyecto por la fuerza: con el uso de personal policial, militar y los estados de emergencia.
En ese sentido, recordó el hostigamiento y persecución que sufren aún los ronderos, con innumerables denuncias, procesos penales y sentencias injustas, como es el caso del comunicador César Estrada.
“Somos criminalizados por defender nuestros territorios ancestrales, lagunas, ríos, manantiales. Cada vez que salían a marchar fueron denunciados por procuradores del Estado y abogados de Yanacocha”, relató Ramos Campos.
De igual forma, recordó que la actividad de la mina a cielo abierto impactará en las actividades de subsistencia como la agricultura, ganadería y el turismo. Una situación que no ha sido contemplada en su real dimensión en el Estudio de Impacto Ambiental.
“Nos afectará a 700 manantiales, 120 sistemas de agua potable, más de 18 canales de riego, más de 200 hectáreas de bofedales, más de 17 mil 200 hectáreas de pajonales…”, aclaró el líder rondero.
Identidad negada
Durante la audiencia, el principal argumento elaborado por el equipo representante del Estado estuvo referido a si las comunidades y rondas campesinas de la zona podían ser consideradas como parte de un pueblo indígena.
Sumado a ello, argumentaron que no se habían agotado las instancias internas para el caso y que había una incompetencia de la CIDH en procesos de procedimientos de reconocimiento o identificación de un colectivo como pueblo indígena.
Argumentos del Estado expuestos en audiencia.
Carlos Llaja Villena, representante la Procuraduría, señaló la preocupación del Estado por la falta de claridad de representantes legales, peticionarios y presuntas víctimas.
En la audiencia además, el líder rondero fue interrogado por el procurador Carlos Miguel Reaño Balarezo, quien le consultó sobre su condición de indígena y sobre el nivel de representación que tenían las rondas campesinas en Bambamarca.
Ramos reafirmó su identificación como indígena descendiente de pueblos ancestrales y recordó las prácticas colectivas que mantienen en la actualidad las rondas campesinas.
Además, ante la consulta del procurador sobre el apoyo de otros líderes ronderos al proyecto Conga, Ramos recordó que estos actores surgen como operadores de la minera Yanacocha, a través de su ONG Foncreagro.
Obligación de reconocer
En la audiencia también intervino el relator José Francisco Calí Tzay quien, en su condición de experto en la materia, explicó el marco legal que ampara las demandas de autoidentificación indígena.
Si bien sostuvo que no existe una definición estricta de pueblos indígenas en el derecho internacional, aclaró que esta no es necesaria para defender sus derechos.
A efectos prácticos, señaló que solo es necesario que se autoidentifiquen, junto a alguno de los aspectos relacionados al territorio, continuidad histórica, idioma, organización, entre otras.
“Son los pueblos indígenas quienes deciden esta autoidentificación: hablando de su historia, hablando de su pertenencia a un pueblo ancestral, teniendo un territorio definido, organizándose de la misma forma en que sus antepasados lo hacían”, sostuvo el relator.
En esa línea, Calí Tzay indicó que las rondas campesinas tenían claras formas de organización de los pueblos indígenas en el Perú, por lo que “cumplen con los criterios establecidos por el convenio 169 de la OIT”.
“La forma de organización de los pueblos indígenas no es estática. Con el tiempo, se han podido transformar. Lo cierto es que las rondas campesinas tienen formas históricas de practicar su identidad comunitaria”, recalcó.
Además, el experto enfatizó que las comunidades campesinas son conocidas como tal a partir de 1969 en el Perú. Sin embargo, este cambio impuesto no anula sus derechos, pues las rondas campesinas pertenecen a los pueblos indígenas.
“No necesariamente hay que hacer estudios para identificar su identidad indígena, porque estaríamos dejándole el derecho al Estado a definir quién es indígena y quién no. Ese derecho los tienen los pueblos indígenas con sus comunidades”, sostuvo.
El relator indicó también que el no reconocimiento de los derechos indígenas constituye una falla histórica de los Estados del continente y otras regiones. Ahora, no se los quiere reconocer como tal para no aplicar la consulta previa.
“Son los pueblos indígenas los que se tienen que autoidentificar y el Estado tiene la obligación de reconocerlos”, afirmó Calí Tzay.
CIDH| "Los Pueblos Indígenas tienen el derecho de autoidentificarse como tales y el Perú tiene la obligación de garantizar sus derechos reconocidos", precisó el Relator de las Naciones Unidas sobre Derechos de Pueblos Indígenas ante Audiencia Pública de la CIDH. @CunarcP pic.twitter.com/tKFsDmTvFS
— Instituto Internacional de Derecho y Sociedad-IIDS (@iidsperu) March 15, 2022
Vías cerradas
Como recordó la representación legal de la parte peticionaria, llevada a cargo por la abogada Raquel Yrigoyen, el megaproyecto Conga duraría unos 20 años y secaría todo el sistema hídrico de las cabeceras de cuencas de la zona.
Mientras algunas lagunas serán utilizadas para extraer oro y cobre, otros cientos de manantiales serán utilizados como depósitos, subrayó Yrigoyen.
“Al estar en cabecera de cuencas, esto afectará río abajo a todos los habitantes que se encuentran abajo, comunidades campesinas y rondas campesinas”, sostuvo.
Respecto al cuestionamiento de los representantes del Estado por no agotar las instancias internas, la abogada recordó la línea de las sentencias que ha tenido el Tribunal Constitucional, como la reciente negación de la consulta previa como derecho fundamental.
“La vía del Tribunal Constitucional la tienen cerrada los pueblos, no solo en materia de consulta y consentimiento sino en materia de defensores”, señaló.
“Los pueblos se han visto cerrados por el Tribunal Constitucional para amparar sus derechos en esa vía, por eso han tenido que acudir ante la Comisión Interamericana”, agregó.
Ante todo ello, solicitó que la comisión admita el caso para que pueda pasar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), de modo que las demandas de las comunidades de Cajamarca contra Conga puedan ser atendidas.
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