- IDEHPUCP envía informe alternativo para el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas (CERD).
Servindi, 14 de octubre, 2016.- El Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEHPUCP).envió un informe alternativo al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD).
El CERD es un órgano de expertos independientes creado por la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial con el objetivo de supervisar su aplicación por los Estados partes.
El informe resulta oportuno considerando que este año el Estado peruano debe presentar sus informes periódicos N° 22 y N° 23 ante dicho Comité. El 91° período de sesiones del CERD se celebrará en Ginebra del 21 de noviembre al 9 de diciembre de este año.
El Informe Alternativo del IDEHPUCP analiza la situación de los pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes, incluyendo el derecho a la consulta, el uso de la fuerza en protestas sociales y el cumplimiento del Plan Integral de Reparaciones a las víctimas del conflicto armado.
También examina la situación de los solicitantes de asilo y refugiados, con énfasis en el acceso a la salud, el empleo y la educación.
Omisiones estatales
Entre las omisiones del Estado peruano el informe advierte que no se tienen datos actualizados que permitan determinar el número exacto de personas que se autoidentifican como afroperuanos o indígenas en el país.
Por esta razón resulta de suma importancia incluir indicadores y variables en lo relativo a estos grupos en el Censo Nacional 2017.
En lo relativo a la política nacional de lucha contra el racismo y la discriminación racial, queda pendiente el fortalecimiento y la regulación adecuada de los objetivos y funciones de la Comisión Nacional contra la Discriminación, así como la difusión de los resultados obtenidos a partir de la “Plataforma contra la Discriminación”.
En el caso particular de los pueblos indígenas, remarca que debe impulsarse el debate sobre la posibilidad de admitir un proceso de consulta previa en materia legislativa.
En cuanto a los pueblos en situación de aislamiento o contacto inicial, debe continuarse con los procesos de recategorización de reservas territoriales como reservas indígenas y fiscalizarSobre adecuadamente los ingresos no autorizados a las tierras de dichos pueblos.
Sobre el uso de la fuerza en los conflictos sociales menciona que aún se encuentra pendiente la adecuación de las normas que regulan el uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas a los estándares internacionales, por lo que el Estado debe modificar el Decreto Legislativo 1095.
De igual manera, resulta urgente derogar el artículo 20, inciso 11, del Código Penal que exime de responsabilidad penal al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
Plan Integral de Reparaciones
En relación al Plan Integral de Reparaciones de las víctimas del conflicto armado, hasta el 2015 solo se había cumplido con el 37,03 por ciento de las reparaciones colectivas, que incluyen a los pueblos indígenas como beneficiarios.
Resulta así que se mantienen los retos de ampliar el alcance de las reparaciones colectivas y de integrar las necesidades de esta población desde un enfoque intercultural.
Además, el archivamiento de la denuncia de 2,074 mujeres por casos de esterilizaciones forzadas representa un grave retroceso en la investigación de estos crímenes, generando una situación de impunidad.
El caso refleja la falta de voluntad de las instituciones judiciales para hacer efectivos los derechos de las mujeres campesinas quechua hablantes, apunta el informe.
Finalmente, hasta diciembre del 2015 había 1,488 refugiados y 379 solicitantes de asilo en el Perú. No obstante, no existe una agenda política de integración real de los refugiados en el país.
Adicionalmente, los solicitantes de asilo y los refugiados enfrentan barreras en el acceso a servicios básicos, por lo que es necesario una revisión de la normativa que regula el acceso a los servicios de aseguramiento universal gratuito y los trámites para el acceso a trabajo, así como establecer programas de generación de ingresos y empleo a favor de la población refugiada.
En el caso de los niños y niñas refugiados y solicitantes de asilo debe regularse claramente el procedimiento y documentación necesaria para garantizar que puedan matricularse en instituciones educativas.
Acceda al informe completo con un clic en el siguiente enlace:
- Informe enviado al CERD por el IDEHPUCP (PDF, 16 páginas).
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