
Iniciativa fue presentada por congresista Katy Ugarte tras un reciente fallo del Tribunal Constitucional que desconoce la consulta previa como un derecho fundamental.
Servindi, 11 de abril, 2022.- La congresista de Perú Libre, Katy Ugarte Mamani, presentó un proyecto de ley que busca reconocer el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas u originarios en la Constitución.
“Hemos observado que constantemente se vulnera el derecho a la consulta previa en la toma de decisiones que los involucran directamente, siendo necesario elevar este derecho a rango Constitucional”, indicó.
La iniciativa es presentada luego de que el Tribunal Constitucional (TC) emitiera un cuestionado fallo que desconoce a la consulta previa como un derecho fundamental de la población indígena.
Proyecto de ley
El proyecto de ley, de N° 1661/2021-CR, fue elaborado por Ugarte con la coautoría de ocho colegas de su bancada Perú Libre, entre ellos Guillermo Bermejo y Kelly Portalatino.
Plantea modificar el inciso 19 del artículo 2 de la Constitución “con el fin de reconocer el pleno ejercicio del derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas y originarios”.
Así como “establecer la obligación del Estado peruano a respetar los resultados de la misma”, señala la iniciativa que el 8 de abril fue ingresada a la comisión de Constitución y Reglamento.
En la propuesta, se justifica el proyecto señalando que actualmente el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que el Estado peruano ha ratificado, ya reconoce este derecho.
Además, se expone el fallo reciente del TC que desconoce a la consulta previa como derecho fundamental “y podría vulnerar en el futuro el derecho de millones” de indígenas.
“[Por ello], urge contar con la elevación del derecho a la consulta previa como derecho constitucional y fundamental de estas comunidades, toda vez que el Estado peruano es una nación pluricultural y pluriétnico”, se indica.
Fallo cuestionado
El 2 de marzo, el pleno del TC declaró improcedente una demanda de las comunidades campesinas Chila Chambilla y Chila Pucará, de Juli (Puno), las que exigían la nulidad de concesiones mineras otorgadas sin consulta previa en sus territorios.
La sentencia Exp. N° 03066-2019-PA/TC, que dejó desprotegidos a los pueblos indígenas del país en su lucha por proteger sus derechos, fue rechazada por organizaciones campesinas, indígenas, eclesiásticas y de la sociedad civil.
Los argumentos elaborados por el TC referidos a que la consulta previa “no es un derecho fundamental”, “no tiene rango constitucional” y no puede ser protegida por amparo”, fueron refutados por IDLADS Perú y el Instituto de Defensa Legal (IDL).
En ese sentido, el IDL y la asociación Derechos Humanos y Medio Ambiente (DHUMA), presentaron el 4 de marzo un “recurso de subsanación” considerando que el fallo “tiene un vicio de nulidad”.
Además, el 6 de abril la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifestó su preocupación dicha sentencia que consideró afecta los derechos de los pueblos indígenas.
“Está claramente reconocida hoy en día la obligación de los Estados de realizar procesos de consulta especiales y diferenciados cuando se vayan a afectar determinados intereses de la comunidades y pueblos indígenas”, indicó el organismo.
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Comentarios
Otra iniciativa inútil. Al
Otra iniciativa inútil. Al Gobierno de Castillo y de Perú Libre no les cuesta nada modificar el REGLAMENTO de la Ley de Consulta Previa (está en competencias del Ejecutivo) y también modificar las normas de consulta previa de los diferentes Ministerios... pero para eso no hay. Allí es donde verdaderamente se juega el partido del derecho al consentimiento, no en la Constitución. Engaños.
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