Crece rechazo a proyecto de Ley contra pueblos en aislamiento

Fuente de la imagen: CNDDHH. Fuente de la imagen: CNDDHH.

Servindi, 7 de junio, 2023.- El Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos rechazó categóricamente el contenido y estado procesal del Proyecto de Ley 3518/2022-CR.

La iniciativa legal busca modificar aspectos sustanciales de la Ley 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial (PIACI). 

El Grupo de Trabajo considera que representa una “amenaza cierta e inminente para el derecho a la vida, territorio y subsistencia de los PIACI” para favorecer la exploración y explotación de recursos naturales donde ellos habitan.

Las amenazas se expresan en la suspensión inmediata de todos los procesos en curso, a pesar que algunos ya tienen más de una década de antigüedad.

Los gobiernos regionales, que promueven actividades económicas, serán quienes podrán reconocer mediante Ordenanza Regional la existencia de los PIACI, así como otorgar, revisar y declarar la extinción de la categoría de reserva indígena.

El proyecto de ley se sustenta en argumentos falaces que señalan la inexistencia de los PIACI, dejando de lado los procesos de creación de Reservas Indígenas.

Actualmente, se trata de un proceso riguroso que implica dos etapas técnicas concurrentes: un estudio previo de reconocimiento, y un estudio adicional de categorización que incluye análisis de tipo ambiental, jurídico y antropológico.

Proyecto regresivo 

La iniciativa representa una acción claramente regresiva frente al marco normativo nacional de protección PIACI, contrariando las obligaciones internacionales adoptadas voluntariamente por el Estado peruano.

La concreción de las amenazas ciertas e inminentes que implicaría para la supervivencia de los PIACI “podría conllevar consecuencias vinculadas con la responsabilidad internacional del Estado peruano”. 

El proyecto de la bancada fujimorista fue enviado a la Comisión de Descentralización, como comisión dictaminadora principal, y a la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural, dejando de lado a la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE).

La Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural aprobó inhibirse por no ser competente para analizar temas sobre derechos indígenas, sugiriendo realizar el traslado a la CPAAAAE.

Sin embargo, el presidente del Congreso de la República, José Williams Zapata, se ha negado hasta la fecha derivar el proyecto a la comisión que corresponde por criterios de especialidad temática.

Esto ocurre a pesar que José Williams se comprometió con realizar dicho traslado, haciéndole juego a grupos antiderechos de la región Loreto y autoridades regionales y provinciales.

Ellas buscan desconocer la existencia de los PIACI aun a riesgo de exterminio de estos pueblos ante contactos y desplazamientos forzados.

A continuación el texto completo del pronunciamiento:

Pronunciamiento en contra del Proyecto de Ley 3518/2022-CR, que modifica la Ley PIACI

El Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos se pronuncia en contra del contenido y estado procesal del Proyecto de Ley N° 3518/2022-CR, que propone modificar aspectos sustanciales de la Ley N° 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial (PIACI). 

Esta iniciativa legislativa es muestra de un conjunto de iniciativas contrarias al respeto y garantía de los derechos humanos, que en lo concreto representa una amenaza cierta e inminente para el derecho a la vida, territorio y subsistencia de los PIACI, debido a que tiene como trasfondo intereses económicos para explorar y explotar recursos naturales en espacios donde habitan ancestralmente PIACI y que actualmente son parte de las Reservas Indígenas Territoriales e Indígenas creadas, o zonas que están en proceso de reconocimiento como tales.

Estas amenazas se reflejan en los siguientes aspectos que se pretenden con la modificatoria: (i) la suspensión inmediata de todos los procesos en curso, a pesar que algunos ya tienen más de una década de antigüedad, (ii) los gobiernos regionales que promueven las actividades económicas en dichos territorios serán quienes podrán reconocer mediante Ordenanza Regional la existencia de los PIACI, así como otorgar, revisar y declarar la extinción de la categoría de reserva indígena y, iii) el proyecto de ley se sustenta en argumentos falaces que señalan la inexistencia de los PIACI, negando su agencia, y dejando de lado que los procesos de creación de Reservas Indígenas suelen ser procesos extensos con la participación con voz y voto de los Gobiernos Regionales y Provinciales de los lugares donde se circunscriben las solicitudes de Reserva, y que implica dos etapas técnicas concurrentes. Un estudio previo de reconocimiento, y un estudio adicional de categorización que incluye análisis de tipo ambiental, jurídico y antropológico. 

Esta iniciativa representa una acción claramente regresiva frente al marco normativo nacional de protección PIACI, contrariando las obligaciones internacionales adoptadas voluntariamente por el Estado peruano, específicamente aquellas derivadas del art. 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. A su vez, la concreción de las amenazas ciertas e inminentes que implicaría para la supervivencia PIACI la suspensión de los procesos de reconocimiento y protección de sus territorios, podría conllevar consecuencias vinculadas con la responsabilidad internacional del Estado peruano. 

Finalmente, representa una cuestión preocupante que el proyecto legislativo haya sido derivado a la Comisión de Descentralización, como comisión dictaminadora principal, y a la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural, dejando de lado los criterios de especialidad recogidos en los propios artículos 34 y 77 del Reglamento del Congreso de la República, conforme los cuales, el tema debió haber sido derivado a la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE). Este aspecto fue reconocido por la propia Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural que mediante un dictamen en mayoría aprobó inhibirse por no ser competente para analizar temas sobre derechos indígenas, sugiriendo realizar el traslado a la CPAAAAE. Pese a ello, y a que el propio presidente del Congreso de la República, cong. José Williams Zapata, en reunión sostenida con la organización indígena nacional AIDESEP, se comprometió con realizar dicho traslado, este ha sido incumplido hasta la fecha, enmarcándose en una campaña falaz encabezada por grupos antiderechos en la región Loreto y autoridades regionales y provinciales que desconocen la existencia de los PIACI, y muestran claras intenciones que de consumarse, ponen en grave riesgo de exterminio a estos pueblos ante contactos y desplazamientos forzados.

En ese sentido, las organizaciones firmantes que conforman el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos rechazamos categóricamente el Proyecto de Ley N° 3518/2022-CR:  

  • Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica – CAAAP
  • Comisión Episcopal de Acción Social – CEAS
  • Paz y Esperanza
  • Red Muqui
  • Derechos Humanos Sin Fronteras – DHSF
  • Derecho, Ambiente y Recursos Naturales – DAR
  • Asociación Servicios Educativos Rurales – SER
  • EarthRights International
  • Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – FEDEPAZ
  • CooperAcción
  • IDLADS Perú

 

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