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Pandemia agudizó desigualdades que afectan a mujeres con discapacidad

Servindi, 7 de enero, 2022.- La pandemia ha profundizado las desigualdades preexistentes que afectan a las mujeres con discapacidad como los entornos no accesibles, las mayores tasas de desempleo y menor nivel de participación social.

En este contexto, se acentuó “la falta de acceso a los servicios e información de salud, financiamiento, oportunidades laborales, educación virtual y, en especial, en la protección contra la violencia de género”.

Así lo señala el informe “Situación de las mujeres con discapacidad en el Perú” entregado por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH)  al Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

El documento, elaborado por la CNDDHH en colaboración con otras organizaciones describe las dificultades especiales que atraviesa la mujer con discapacidad en Perú y solicita al CEDAW dé recomendaciones al Estado para cumplir con sus obligaciones.

Los autores del informe pertenecen a la Comisión de Género de la Mesa de Discapacidad y Derechos de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, la Asociación Paz y Esperanza, la Asociación de Desarrollo y Empoderamiento Socioeconómico de Poblaciones Vulnerables, la Asociación Arariwa, la Comisión de Damas Invidentes, las Musas Inspiradoras de Cambio y KIPU LLAXTA.

Pedidos a la CEDAW sobre el rol del Estado

El informe solicita al CEDAW que le recomiende al Estado peruano brindar condiciones para una “participación igualitaria de las mujeres con discapacidad en las etapas de respuesta sobre la pandemia”.

También considera importante “la implementación del enfoque de doble vía”, es decir, de género y discapacidad; y la intersectorialidad de las políticas, normas y demás, así como la accesibilidad en la información, servicios y programas sobre la pandemia.

En cuanto al marco legislativo, consideran preocupante la vigencia del artículo 162 del Nuevo Código Procesal Penal pues estipula que, para que un testimonio pueda ser valorado como prueba ante un proceso judicial, se requiere verificar la “idoneidad física o psíquica” de la persona.

Esta norma puede ser un impedimento para una persona con discapacidad al brindar su testimonio. Ello significa una grave afectación al derecho a la justicia de víctimas de violencia.

También está el artículo 120 del Código Penal que regula una causal de aborto por discapacidad cuando exista probabilidad que el feto presente deficiencias físicas o psíquicas. Esta norma, por ende, “engloba el mensaje de que los seres en formación por su condición de discapacidad no tienen derecho a vivir”.

Así, se le pide al Comité de las Naciones Unidas que recomiende al Estado realizar un análisis, identifique y derogue las normas nacionales que sean discriminatorias directas o indirectas hacia las personas con discapacidad.

También solicita que se le recomiende al Estado “la reforma del Código Penal Procesal en concordancia a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.

Respecto a la violencia de género en mujeres con discapacidad, mencionan los diversos tipos de violencia y barreras que atraviesan a la hora de denunciar.

El informe revela que en 2021 se denunciaron 2562 casos de personas con discapacidad en los Centros de Emergencia Mujer a nivel nacional. 

Así, se detectó que, en el 63.7% de casos, existió un vínculo familiar entre el agresor y la víctima. Ello dificulta la posibilidad de denunciar violencia debido a una mayor probabilidad de dependencia hacia sus familiares, cuidadores o apoyos.

Por ese motivo, se le pide al CEDAW solicitarle al Estado la implementación de la Ficha de Valoración de Riesgo (FVR) para mujeres con discapacidad, diseñar estrategias e implementar medidas para promover y facilitar el acceso a la denuncia de violencia.

También remarca la necesidad de capacitar a funcionarios y servidores públicos en materias de género y discapacidad, así como de intersectorialidad mediante una malla curricular en las instituciones públicas como el Ministerio Público, entre otros.

Sobre la mujer rural con discapacidad, se habla de las pocas posibilidades que tiene de denunciar violencia y que por ello pocas mujeres puedan acceder al sistema de protección después de hacerlo. 

La baja cantidad de denuncias es el reflejo del desconocimiento de sus derechos frente a la violencia así como de la falta de accesibilidad para realizar la denuncia en comunidades campesinas o asentamientos por las pocas comisarías y centros de emergencia mujer en estas zonas.

Debido a esta situación, en el informe se le solicita al CEDAW pedirle al Estado que “implemente más albergues en zonas rurales” para que las mujeres puedan salir de espacios con violencia. 

Sostiene también que es necesaria la implementación de un sistema de fiscalización a las instituciones en zonas rurales para una adecuada sistematización de denuncias de violencia.

Lee el informe completo aquí.

Datos resaltantes:

  • En zonas urbanas, se encuentran 1´570,444 mujeres con discapacidad , mientras que en áreas rurales hay 249,860 mujeres con discapacidad. 
  • Analfabetismo: Mientras que el 30,8% de mujeres con discapacidad del área urbana son analfabetas, en áreas rurales se alcanza el  63,7%.
  • Empleo: El 76.8 % de las personas con discapacidad pertenece a la Población Económicamente Inactiva (PEI), es decir, 8 de cada 10 personas con discapacidad no se encuentran trabajando ni buscando trabajo.

 

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