
Servindi, 2 de abril, 2022.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ratificó el pedido a la justicia peruana de no excarcelar al expresidente Fujimori hasta que resuelva las medidas provisionales solicitadas por sus víctimas.
En audiencia celebrada el viernes 1 de abril la Corte IDH escuchó a las víctimas de los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y al Estado Peruano.
En la audiencia solicitada por las organizaciones representantes de las víctimas de ambos casos (1) se solicitó a la Corte IDH que resuelva con claridad que el indulto y la decisión del Tribunal Constitucional (TC) colisiona con las sentencias establecidas por ella.
En tal sentido, la Corte IDH debe requerir al Estado peruano abstenerse de ejecutar la orden del TC que permitiría liberar a Fujimori. Este fallo fue adoptado el 16 de marzo de manera irregular y sin la debida transparencia; y fue recién publicado el 28 de marzo.
También se pidió que el Estado peruano cese todo acto destinado a impedir indebidamente que Fujimori termine de cumplir su condena penal, pues fue condenado por graves crímenes de derechos humanos, equiparables a delitos de lesa humanidad.
La decisión se adoptó en un proceso que no contó con la presencia de las víctimas, afectando su derecho de acceso a la justicia.
El fallo del TC busca que el indulto fraudulento que se le otorgó en 2017 vuelva a tener vigencia, y del cual la propia Corte IDH y la Corte Suprema del Perú ya se habían pronunciado en contra.
Gisela Ortiz, hermana de Luis Enrique Ortíz Perea víctima del caso La Cantuta, dijo que los familiares de las víctimas no han descansado por denunciar la impunidad y la injusticia, logrando incluso la extradición de Alberto Fujimori.
Añadió que “Los familiares no podemos cargar con el peso de pensar que somos nosotros los que debemos velar por la justicia”.
“Esa es tarea del Estado y de sus compromisos internacionales, esa es la esperanza que hoy depositamos ante ustedes magistrados de la Corte, y queremos que se pronuncie (...) sobre el indulto conferido indebidamente” concluyó Gisela Ortiz.
Durante la audiencia Gloria Cano, de la asociación Aprodeh, señaló –en relación al fallo del TC– que “esta decisión es contraria a los parámetros establecidos por la Corte IDH en su resolución de 2018 – donde reconoció la inconvencionalidad del indulto”.
“En esa ocasión quedó claro que el otorgamiento del indulto no fue por razones humanitarias, por lo que le ordenó al Estado peruano tomar medidas constitucionales para evaluar su decisión – y busca garantizar la impunidad de las violaciones de derechos humanos cometidas por Alberto Fujimori” agregó Cano.
Por su parte, Carlos Rivera del Instituto de Defensa Legal (IDL), destacó que el indulto contraviene las obligaciones ya establecidas en las sentencias de los casos de La Cantuta y Barrios Altos, por lo que carece de efectos jurídicos.
“El indulto que hoy el TC intenta reestablecer, es un excluyente de responsabilidad que de acuerdo con el desarrollo jurisprudencial de esta Corte, es inadmisible en casos de graves violaciones a los derechos humanos” argumentó.
Frente a estas razones Dania Coz, de la asociación Comisedh, enfatizó la solicitud a la Corte para que declare procedente la presente solicitud de medidas provisionales.
Cabe destacar que no es la primera vez que las víctimas y sus representantes acuden a la Corte IDH para proteger sus derechos.
Las decisiones de la Corte IDH en 2001 y 2006 en los casos Barrios Altos y La Cantuta, significaron un antes y un después en la búsqueda de justicia, verdad y reparación en Perú.
Así mismo, fueron clave para toda la región al determinar que la amnistía y la prescripción impiden la investigación y sanción de los responsables de graves violaciones a los derechos humanos, limitan el acceso de las víctimas a la justicia y el conocimiento de la verdad.
De efectuarse, la decisión del TC representa un gran retroceso e incumplimiento internacional por parte del Estado peruano, a través del propio órgano encargado del control e interpretación de la constitucionalidad y los derechos constitucionales en ese país.
David Velazco, director de la asociación Fedepaz, solicitó a la Corte IDH reiterar este mensaje con la finalidad de garantizar el derecho de acceso a la justicia las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta.
Al finalizar la audiencia, Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL manifestó: “la Corte IDH nos ha acompañado por más de 20 años en el combate de la impunidad, la lucha por el conocimiento de la verdad y una efectiva aplicación de la justicia en este caso”.
“Esta es una oportunidad única para que la Corte IDH tome la mejor decisión que ponga un punto final a este largo camino que las víctimas han recorrido desde que ocurrieron los hechos” declaró.
- Ver vídeo de la audiencia en YouTube a partir del siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?v=n1DCR5oA4bw
Nota:
(1) Las organizaciones representantes de las víctimas son: la Asociación Pro-Derechos Humanos (APRODEH), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Instituto de Defensa Legal (IDL), la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ), la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH).
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