La Iniciativa de Reforma Indígena pronta será puesta a consideración de la soberanía de la Cámara de Diputados y viviremos un gran acontecer nacional que tendrá impacto hacia América Latina y el mundo.
Por Marcos Matías Alonso
23 de agosto, 2024.- En nuestro país, durante 30 años he sido testigo de dos reformas constitucionales sobre derechos de los pueblos indígenas y al parecer, en los próximos meses tendré la oportunidad de ver y vivir la tercera reforma constitucional en materia de pueblos indígenas y afromexicanos.
El 28 de enero de 1992, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la reforma constitucional relativa a los derechos de los pueblos indígenas de México y la nación mexicana reconoció su composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas.
A rango constitucional se elevaron temas como lenguas, culturas, usos y costumbres y el reconocimiento de sus formas de organización comunitaria.
Al correr de los años, diversas voces coincidieron que la reforma indígena de 1992 fue eminentemente culturalista. Sin embargo, no dejó de reconocerse que se dio un paso en la protección de los derechos constitucionales de los pueblos indígenas.
El Dr. James Anaya, experto en derechos indígenas y ex Relator de la ONU, acompañado por dos jóvenes wirárikas de Jalisco: Antonio Carrillo (qepd) y Xaure Navarrete) y el suscrito. Cdmx, 8 y 9 de agosto de 2024.
Nueve años después, México vive una segunda reforma constitucional en materia indígena. En el 2001, el artículo 2° Constitucional reconoció nuevos derechos de los pueblos indígenas (DOF: 14/VIII/2001).
Desde la reforma indígena del 2001, en el artículo 2° se incluyen derechos que no fueron contemplados en 1992. Por primera vez el constitucionalismo mexicano reconoció el derecho a la autonomía y la libre determinación de los pueblos indígenas.
En el 2001, el artículo 2° concentró diversos derechos y los agrupó en dos incisos: el “A” y el “B” y allí quedaron enunciados los derechos de mayor interés de los pueblos indígenas del país.
Sin embargo, a pesar de los avances entre el artículo 4° (1992) y el 2° Constitucional (2001), diversas voces indígenas manifestaron su inconformidad sobre varios derechos que no fueron suficientemente reconocidos en la Carta Magna.
Entre otros temas inconclusos de la reforma del 2001: pasar del reconocimiento de los pueblos indígenas como sujetos de interés público a ser sujetos de derecho público, restringir el derecho a la consulta en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, el derecho a la consulta libre, previa e informada en los asuntos de interés legislativo y/o administrativo y la consolidación del derecho a la autonomía y libre determinación, en sus distintos ámbitos y niveles.
Sólo mencionó tres temas de otros más, que han sido incluidos en la Iniciativa de Reforma Constitucional sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos (Iniciativa de Reforma Indígena).
Yanet Cruz, Coordinadora General del CNPI y Adelfo Regino, Director General del INPI en la ceremonia espiritual previa a la Asamblea Nacional Indígena. Plaza de Tlatelolco de la Cdmx, 8 y 9 de agosto de 2024
En su primera fase, la Iniciativa de Reforma Indígena tenía el enfoque de transversalizar o “bañar” por lo menos 16 artículos de la Constitución Política. Sin embargo, prevaleció el enfoque de centralizar y consolidar el 2° Constitucional, para convertirse en el artículo madre de los pueblos indígenas y afromexicanos.
La consolidación y/o centralización de la Iniciativa de Reforma Indígena en el artículo 2° Constitucional, recogió todos los preceptos sistematizados en los 16 artículos que se plantearon en su enfoque transversal.
En 2019 se adicionó el inciso “C” al artículo 2° constitucional para “…reconocer a los pueblos y comunidades afromexicanas, cualquiera que sea su autodenominación, como parte de la composición pluricultural de la nación”. La tendencia centralizadora del tema indígena y afromexicano inició en 2001, avanzó en 2019 y todo indica que se consolida aún más, en la reciente Iniciativa de Reforma Indígena.
El 9 de agosto de 2024 la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la Iniciativa con proyecto de Decreto para modificar el artículo 2° en materia de pueblos y comunidades afromexicanas.
El diputado Juan R. Robledo, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados y la Diputada Irma Juan Carlos, presidenta de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, al momento de aprobarse la Iniciativa de Reforma Indígena. Presentes, la Comisión Política de la Asamblea Nacional Indígena. Cdmx, 9 de agosto de 2024.
Resumo tres temas relevantes de la Iniciativa de Reforma Indígena:
- Se reconoce a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio.
- Se reconoce el derecho a la consulta bajo consentimiento libre, previo e informado, cuando se prevean medidas legislativas o administrativas que causen afectaciones a la vida de los pueblos indígenas.
- Se reconoce el derecho a las asignaciones presupuestales para ser administradas directamente por los pueblos indígenas y afromexicanos.
Siguiendo el enfoque en la consolidación del artículo 2° constitucional, todo indica que la Comisión de Puntos Constitucionales, incorporará un nuevo apartado para reconocer y garantizar el derecho de las mujeres indígenas y afromexicanas a una mayor participación en los ámbitos de decisión nacional.
En resumen, la Iniciativa de Reforma Indígena aprobada el 9 de agosto por la Comisión de Puntos Constitucionales, recogió todas o casi todas las propuestas que el Presidente de la República entregó el pasado 5 de febrero pasado, al H. Congreso de la Unión.
La aprobación de la Iniciativa de Reforma Indígena del 9 de agosto pasado se dio en el marco de la celebración del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, porque fue una mera de rendir tributo a los pueblos indígenas de México y porque la Iniciativa armonizó su normatividad, con los avances en la legislación internacional en la materia.
Mi congratulación a los legisladores federales por escuchar la voz del Consejo Nacional de Pueblos Indígenas, quien se reunió los días 8 y 9 de agosto en la CDMX, para celebrar su Asamblea Nacional de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos (Asamblea Nacional Indígena).
A unas horas de la aprobación del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, la Asamblea Nacional Indígena emitió el siguiente pronunciamiento:
“…exhortamos a los Diputados integrantes de dicha Comisión…, para que aprueben el dictamen correspondiente reconociendo plenamente los derechos inalienables de nuestros pueblos, tal como lo hemos planteado en el proceso de diálogo y consulta, y lo turnen al Pleno de la Cámara de Diputados para su aprobación por la LXVI Legislatura que iniciará sesiones el próximo 1° de septiembre del 2024”.
La correlación de fuerzas políticas representadas en el Congreso de la Unión nunca había sido tan favorable como en este tiempo legislativo de la IV Transformación. Ha llegado la hora de los pueblos indígenas y afromexicanos. Es hora de consagrar derechos constitucionales que por largos años fueron postergados.
La Iniciativa de Reforma Indígena pronta será puesta a consideración de la soberanía de la Cámara de Diputados y viviremos un gran acontecer nacional que tendrá impacto hacia América Latina y el mundo.
¡Que nunca más nuestra patria niegue su raíz indígena y afromexicana!
SOBRE EL COLUMNISTA
Marcos Matías Alonso
Fue miembro del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU y es actualmente investigador titular del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS) en México, D.F.
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