Peligro: proyecto de Barbarán debilita a la ONP y fortalece a las AFP

El régimen privado de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) fueron creadas por el gobierno de Alberto Fujimori como una forma de debilitar el régimen público de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Décadas después, la congresista fujimorista Rosangella Barbarán aprueba en la Comisión de Economía un nuevo proyecto que busca darle la estocada final a la ONP para favorecer a cuatro AFP que controlan el sistema privado de pensiones. Los trabajadores están advertidos.   

Servindi, 11 de junio, 2023.- La congresista fujimorista Rosangella Barbarán, que preside la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso, aprobó el dictamen del proyecto de reforma del sistema de pensiones hecho a medida del gusto de las AFP.

El proyecto busca imponerse al dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social que preside la congresista Sigrid Bazán y que recoge diversos aportes y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El proyecto de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social que preside la congresista Sigrid Bazán ha sido prácticamente bloqueado por la oposición de derecha a fin que solo llegue al pleno el proyecto a favor de las AFP.

Incluso se le ha hecho una denuncia a Sigrid Bazán por una supuesta irregularidad al tramitar la reconsideración de la votación en contra, algo que la mayoría congresal suele hacer de manera reiterada.

Tal como lo reportó el diario La República, la pensión de jubilación propuesta por Rosángella Barbarán se apoya únicamente en los aportes de los trabajadores y libra de responsabilidad a los empleadores.

 Al priorizar las cuentas individuales de aportación “solo existirá el esquema de las AFP” indica el diario La República. 

La reforma propuesta por el fujimorismo “destruye la seguridad social y profundiza un camino que otros abandonaron: el de las contribuciones individuales” indica el laboralista Javier Mujica.

El sistema privado de pensiones se ha venido desprestigiando con la jubilación anticipada y las reformas para el retiro anticipado de los fondos por lo que ha perdido su sentido primigenio de pensión de jubilación.

Las AFP son empresas privadas que buscan maximizar sus beneficios. Para la lógica empresarial privada la seguridad social más que un derecho que deben garantizar es un servicio que debe proveerles ganancias.

En cambio, la lógica del sistema público de pensiones es que todas las personas deben tener derecho a una pensión bajo el principio de universalidad.

Este criterio está contenido y amparado en el Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), número 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1952.

A continuación compartimos algunas diferencias observadas entre el predictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y el proyecto de la congresista fujimorista Rosángella Barbarán:

Comisión de Trabajo y Seguridad Social Proyecto de Rosangella Barbarán
  • Propone un texto sustitutorio que es resultado de un esfuerzo por integrar los aportes de por lo menos trece proyectos de ley presentados en la comisión.
  • El proyecto tiene una autoría individual y fue presentado por la bancada parlamentaria Fuerza Popular.
  • La reforma de pensiones es un tema que le corresponde con mayor propiedad a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social por su propia naturaleza y denominación.
  • El proyecto fujimorista viene de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, que es su denominación completa.
  • Busca aplicar principios esenciales del sistema previsional como la universalidad, progresividad, solidaridad, igualdad y no discriminación entre otros.
  • El proyecto no menciona principios específicos y coloca énfasis en la universalización.
  • Es ambicioso en su intención de reforma social aunque mantiene la opción del sistema privado de pensiones como una alternativa para los que deseen este sistema (pilar complementario).
  • Busca principalmente fortalecer el sistema privado de pensiones y lo refuerza mediante las empresas de operaciones múltiples (EOM).
  • Rescata el derecho y acceso a una pensión digna, equitativa y justa de jubilación, discapacidad laboral y sobrevivencia así como los gastos por sepelio considerando la diversidad socioeconómica de la persona. 
  • Declara garantizar una pensión digna y justa a todas las personas “que cumplan con los requisitos en la presente ley”. 
  • Fortalece la institucionalidad pública previsional al reemplazar la Oficina de Normalización Previsional (ONP) por el Sistema Integrado Universal de Pensiones (SIUP) y el Gestor Autónomo Nacional de Pensiones (Ganapen).
  • Responsabiliza a la ONP de capitalizar y rentabilizar las cuentas individuales de capitalización. Crea el Fondo Solidario de Pensiones (Fonsol) para coadyuvar a completar el saldo de pensión mínima.
  • Define los criterios para calcular la pensión de jubilación y que en los cálculos de tiempo y aportación se tomará en cuenta el promedio más beneficioso para el asegurado.
  • No define y deja en manos del Poder Ejecutivo y el reglamento los criterios para calcular la pensión mínima.

 

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