Defensoría rechaza proyecto que vulnera autonomía de comunidades

Comité de Autodefensa en el Vraem. Foto: Agencia Andina Comité de Autodefensa en el Vraem. Foto: Agencia Andina

Servindi, 10 de julio, 2021.- La Defensoría del Pueblo pidió al Congreso no aprobar la iniciativa legal sobre Comités de Autodefensa (CAD) por vulnerar la autonomía de las conunidades indígenas y delegarle funciones a los CAD para hacer uso de armas y municiones.

Mediante el oficio 250-2021-DP-PAD Eugenia Fernán Zegarra, primera adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo invoca a la Comisión de Defensa Nacional y Orden Interno abstenerse de aprobar la mencionada propuesta normativa.

La autógrafa que fue observada por el Ejecutivo contraviene el deber del Estado al respeto y defensa de los derechos humanos, principalmente de los pueblos indígenas.

Asimismo, afecta el respeto a las competencias constitucionales vinculadas a la garantía, mantenimiento y restablecimiento del orden interno y la seguridad pública que corresponde al Poder Ejecutivo.

"Resulta de suma preocupación la delegación de funciones y actividades que se estarían atribuyendo a los CAD respecto a la posibilidad de hacer uso de armas y municiones" indica la Defensoría.

De igual modo, la posibilidad de "realizar la recuperación y requisa de “bienes robados”, “armamentos ilegales”, “tierras usurpadas” y desactivar pandillas juveniles o barriales, entre otras".

La Defensoría considera que debe evitarse delegar a la sociedad civil funciones que le corresponde asumir plenamente al Estado como aquellas vinculadas a la Policía Nacional del Perú.

Vulneración de la autonomía

De otro lado, la Defensoría del Pueblo, señala que el referido proyecto vulnera el derecho a la autonomía de los pueblos indígenas y de las comunidades campesinas y nativas (numeral 3.1. del art. 3).

Artículo 3º. Del Reconocimiento de los Comités de Autodefensa y Desarrollo Rural.

3.1 Reconózcanse a los comités de autodefensa y desarrollo rural (CAD) con personería jurídica como organizaciones civiles, pacífica y democrática de las comunidades campesinas, nativas y centros poblados rurales, surgidos espontánea libre y voluntariamente” (el subrayado es nuestro)

Conforme se desprende de la citada disposición, se pretende insertar o incluir, por mandato legal, a los CAD como organizaciones civiles, pacíficas y democráticas de las comunidades nativas, campesinas y centros poblados rurales.

Ello implicaría que los CAD formen parte del diseño o estructura organizacional de estas comunidades, advierte la Defensoría del Pueblo.

Ello contraviene lo dispuesto en el artículo 89 de la Constitución Política del Perú que reconoce la existencia legal y personería jurídica de las comunidades campesinas y nativas, así como, su autonomía.

La pretensión de incluir legalmente a los Comités de Autodefensa y Desarrollo Rural como organizaciones de las comunidades "vulnera no solo el derecho a la autonomía de los pueblos indígenas (...) sino también la autonomía organizativa de las comunidades nativas y campesinas".

Iniciativa legal inconsulta 

También preocupa a la Defensoría que los referidos proyectos de ley no hayan sido discutidos y analizados dentro de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República.

Someter dichos proyectos a dicha comisión hubiera promovido la participación de las organizaciones indígenas considerando que vulneran derechos colectivos de los pueblos indígenas.

Correspondía al Congreso implementar el derecho a la consulta previa, en el marco de los estándares establecidos en el Convenio n.º 169 de la OIT, la Constitución Política y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

La Defensoría invoca abstenerse de aprobar la mencionada propuesta normativa, pues su contenido advierte una contravención al deber del Estado al respeto y defensa de los derechos humanos, principalmente de los pueblos indígenas.

De igual modo, contraviene el respeto a las competencias constitucionales vinculadas a la garantía, mantenimiento y restablecimiento del orden interno y la seguridad pública que corresponde al Poder Ejecutivo.

Acceda al oficio completo con un clic en el siguiente enlace:

 

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