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8 Mayo 2008 11:10

Argentina: Corte Suprema confirma violación a los derechos territoriales de comunidades guaraníes

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Servindi, 08 de mayo de 2008.- Luego de que la comunidad de la etnia guaraní Carapari recibió un fallo de la Corte Suprema favorable a la Empresa Refinor que viola sus derechos territoriales ahora sufre las presiones de la gendarmería para consolidar esta irregular situación. El conflicto se inició en septiembre de 2004 cuando la Refinería del Norte S.A (REFINOR) y Conta S.R.L (subcontratista)  suscribió un acuerdo con el Estado argentino para ampliar la capacidad del gasoducto Pocitos - Campo Durán y transportar 4 millones de metros cúbicos diarios de gas natural proveniente de Bolivia.
La empresa sorprendió a la comunidad y aprovechó un permiso para estudios topógraficos para ingresar con sus camiones, máquinas retroexcavadoras y niveladoras y desmontar y destruir cercos tradicionales para la siembra de maíz, zapallo y mandioca, alimento fundamental en la dieta de la comunidad.

Uno de los reclamos centrales de la comunidad guaraní es que las obras se iniciaron sin acreditarse los estudios de impacto ambiental, social y cultural así como los relativos a la seguridad geodésica tratándose de una obra de gran magnitud.

La comunidad también demanda un resarcimiento económico por los daños causados en la construcción del gasoducto como la destrucción de cercos de cultivo, casas, desmonte y afectación de sus recursos naturales.

La comunidad Caraparí interpuso una acción de amparo la cual fue neutralizada por otro recursos similar presentado por la empresa. Este embrollo jurídico se prolongó cuatro años hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La comunidad esperaba recibir un fallo favorable debido a que posee su título de propiedad debidamente saneado con la matrícula 23.294 por una extensión de 766 hectáreas y era la parte afectada por el conflicto.

Sin embargo, dicho elemento no fue considerado por las autoridades judiciales por lo que existe preocupación en la mayoría de los siete pueblos indígenas de la zona que por falta de voluntad política de las autoridades carece de títulos de propiedad sobre sus tierras.

Hilario Vera, cacique de la comunidad, reivindica el derecho de los pueblos indígenas al territorio y recursos naturales “para satisfacer las necesidades relacionadas a las practicas tradicionales de agricultura así como el espacio en el que construimos en forma permanente nuestra cultura.”

El abogado de la comunidad Matías Duarte señala que ésta ampara su posición en el Convenio 169 de la OIT, el art. 75, inciso 17 de la Constitución Nacional, el Código Civil y el articulo 15 de la Constitución Provincial.

Tal marco normativo establece como requisito imprescindible la realización de estudios de impacto ambiental, social y cultural para cualquier emprendimiento privado o público que afecte sus territorios y medio ambiente.

Ante sucesivos fallos sucesivos la comunidad llevó el caso hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación con la esperanza que se reconozca el derecho al territorio, la autonomía y la libertad de los pueblos indígenas.

El fallo de la máxima instancia nacional confirma que las comunidades indígenas del departamento de San Martín tienen negado sistemáticamente su derecho a la justicia en lo referido a la tenencia de tierras. Esta aseveración está contenida en un reciente informe realizado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la Universidad Nacional de Salta.

Los caciques, dirigentes y organizaciones indígenas de la zona han quedado sin palabras ante la resolución judicial que viola de manera flagrante los derechos de los pueblos indígenas a sus territorios y recursos naturales.

Mientras la comunidad define sus estrategias de resistencia expresa su preocupación por el posicionamiento del Estado a favor de las empresas.

Los comuneros señalan que sus derechos constitucionales de propiedad comunitaria han sido avasallados de manera arbitraria y sistemática por la empresa y los coloca en una situación de vulnerabilidad cultural al ver modificadas sus condiciones de vida.

La comunidad Caraparí

Caraparí se sitúa al norte de la provincia de Salta, en el Departamento General San Martín, localidad de Salvador Mazza-Aguaray. Limita en el extremo norte con la República de Bolivia.

La comunidad indígena es poseedora ancestral de sus tierras, cuenta con sus títulos de propiedad. Es poseedora de una cultura ancestral y reivindica la tierra como elemento en el que gira su organización económica, social y cultural.

Su extensión cubre una superficie de 766 hectáreas, en la cual se hallan asentados unos 700 habitantes y está conformada por cuatro parajes: Madrejones, Yerba Buena, Playa Ancha y Caraparí, ubicados en las márgenes del Río Caraparí e Itiyuro.

La comunidad tiene una sólida organización representada en el Consejo Comunitario y el Cacique. Además existe una comisión elegida por asamblea que se ocupa de los asuntos referidos a los problemas con la empresa y un grupo muy importante de mujeres, con altos niveles de participación en distintas instancias.

En el 2004 la Comunidad comenzó un proceso de asambleas permanentes y de acciones pacíficas sobre sus propias tierras para impedir que las maquinas continúen trabajando. Toda la comunidad participaba en turnos rotativos para impedir el permanente avance de las máquinas en el lugar.

Las mujeres que transitan un proceso de organización importante se han puesto frente a las máquinas en más de una oportunidad y hoy, cuatro años después de aquel hecho continúan reuniéndose para definir sus formas de apoyo al Cacique y al Consejo Comunitario.


Para mayior información dirigirse a Ariel Sandoval: 03875-15551752 o al Cacique Hilario Vera: 03875-15656049 o de Olga Silvera: 03875-460217
Agradecemos el envío de la información a:
Ariel Sandoval

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