
Defensoría del Pueblo señala normas que deben implementar el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Jurado Nacional de Elecciones para prevenir y sancionar acoso político hacia mujeres.
Servindi, 26 de abril, 2022.- La Defensoría del Pueblo emitió un pronunciamiento ante la recurrencia de manifestaciones de acoso y violencia contra mujeres en la vida política en marco del actual proceso electoral regional y municipal.
En el documento, se pide al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp) y al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) cumplir con obligaciones para prevenir y sancionar el acoso político.
Según el pronunciamiento, el 47 % de candidatas de la contienda electoral precedente expresó haber enfrentado alguna situación que obstaculizó o anuló sus derechos políticos.
Obligaciones y sanciones pendientes
Teniendo en cuenta precedentes de atropello a derechos políticos de candidatas electorales, la Defensoría recuerda que el 7 de abril de 2021 se aprobó la Ley n° 31155, “Ley que previene y sanciona el acoso contra mujeres en la vida política”.
Esta ley dictó obligaciones a diversas instituciones, entre ellas el Mimp y el JNE, para velar por el respeto de los derechos de las mujeres durante sus participaciones políticas.
Foto: El Peruano
En relación al Mimp, se destaca la obligación de realizar acciones que promuevan la participación de mujeres, registrar casos de acoso político y brindar asistencia técnica a entidades públicas.
Asimismo, recuerda la urgencia del funcionamiento del plan Aurora, que requiere la aprobación de un protocolo de atención que debe ser aplicado por los centros de emergencia mujer, la cual está pendiente desde hace un año.
Respecto al JNE, la norma introdujo una ley que multa a quien impida el ejercicio de participación política a personas afiliadas de organizaciones sociales con fines políticos (art. 394 de Ley Orgánica de Elecciones), sanción que aún no es reglamentada.
Ante la negativa de la JNE para la reglamentación del art. 394, la Defensoría expresó su preocupación por la falta de medidas alternativas que permitan una acción proactiva frente a los hechos de acoso político en el proceso electoral en curso.
“Si bien el JNE indicó a nuestra institución que pretende elaborar un proyecto de ley para subsanar las falencias del art. 394 de la Ley Orgánica de Elecciones, esto tampoco se ha materializado”, indica el pronunciamiento.
El documento finaliza resaltando el pedido al Mimp y a la JNE de cumplir con diligencia y proactividad sus obligaciones a fin de garantizar la participación política en condiciones de igualdad para mujeres y hombres.
#Pronunciamiento Demandamos al @MimpPeru y @JNE_Peru cumplir con obligaciones para prevenir y sancionar el acoso político.https://t.co/7NKbsMh9rx #DeUnaVezPorTodas pic.twitter.com/6MnOQBvSpn
— Defensoría Perú (@Defensoria_Peru) April 26, 2022
Respecto a otros organismos
La ley que dicta acciones institucionales para prevenir y erradicar el acoso a las mujeres en la vida política, también señala obligaciones para otras entidades como el Ministerio de Educación (Minedu), el Ministerio de Cultura (Mincul), entre otras.
Respecto al Minedu, señala que debe incorporarse en la currículo educativo contenidos sobre la importancia de la participación política de mujeres.
Por otro lado, para el Mincul se exige promover la participación política de mujeres indígenas, originarias o afrodescendientes, informando al Mimp de casos de acoso político contra las mujeres.
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